| SECRETARIA DE FINANZAS |
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| Escrito por Webmaster |
| Martes, 15 de Septiembre de 2009 00:08 |
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MAYKOL LARENAS NAVARRETE Artículo 14º. Corresponde al Secretario de Finanzas las siguientes funciones: a) Administrar de acuerdo a las reglas que prescribe el Estatuto, con probidad y diligencia, el patrimonio del Centro de Alumnos. b) Llevar, de forma clara y en estricto orden cronológico, la contabilidad del Centro de Alumnos, en un libro de ingresos y gastos, justificando cada gasto con su correspondiente boleta o documento que acredite el egreso. c) Presentar semestralmente ante el Consejo, y publicar, un informe actualizado del estado financiero del Centro de Alumnos, y rendir cuenta del estado financiero general del Centro de Alumnos al término de la gestión de la Directiva, y en la última Asamblea General Ordinaria que preceda al cambio de mando de la Directiva. d) Idear, gestionar, y captar nuevas fuentes de recursos para el Centro de Alumnos. e) Ejercer otras funciones, derechos y deberes que le señalen los Estatutos o que correspondan por la naturaleza del cargo. |
| Última actualización el Martes, 15 de Septiembre de 2009 00:12 |


